Conversamos con el abogado José Francisco Castro, intendente de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), sobre el diagnóstico de la institución a un año de la entrada en aplicación de la Ley Karin.
Respecto a las estadísticas de Atención Sicológica Temprana que fiscalizan, señala que se han entregado 33.131 atenciones. De estas, la mayoría ha sido por acoso laboral (26.009) a mujeres (18.430). Por acoso sexual alcanzan a 1.508 (1.360 a mujeres y 148 a hombres).
-¿Existe mayor conciencia en el mundo laboral respecto al acoso y la violencia en el trabajo?
-La ley Karin nos entregó atribuciones referidas a la prevención del acoso y violencia en el trabajo y, específicamente, con la asistencia técnica de los organismos administradores (mutuales) a los empleadores en sus protocolos de prevención. Al respecto, consideramos que en prevención existe una mayor conciencia, porque han habido acciones de difusión y de capacitación de las mutualidades y nuestras, así como mucho interés de los empleadores por cumplir con la ley. El desafío ahora es que más que un cumplimiento formal, se transforme en un elemento eficaz de prevención.
-¿Cómo se está entregando la atención sicológica temprana?
-Una atribución de la Suseso tiene que ver con fiscalizar la atención psicológica temprana (APT) a la víctima porque estas situaciones dañan la salud mental de las personas. La ley estableció que debía ser inmediata y, en el primer año de vigencia de la ley, se entregaron 33.131 atenciones mientras que las denuncias por ley Karin en la Dirección del Trabajo -que no recibe las del sector público- han sido 44.212, a julio. (El 71 por ciento recibió como medida la atención sicológica según informó el Ministro del Trabajo en su momento).
-¿Qué pueden hacer las y los trabajadores si no existe protocolo de prevención en sus centros de trabajo?
-Depende, si están regidos por el Código del Trabajo, pueden hacer la denuncia en la Inspección del Trabajo, o si es una institución pública en la Contraloría. Además, pueden hacer llegar esos antecedentes a la Suseso, porque mediante la fiscalización al organismo administrador podemos abordarlo de forma indirecta.
-¿Qué rol juega el cuestionario CEAL-SM en la detección de acoso y violencia?
-Un rol importante porque entre las dimensiones que aborda, una se refiere a acoso y violencia en el trabajo. Para la elaboración del protocolo de prevención, lo primero es identificar riesgos y peligros a los cuales están expuestos los trabajadores. El cuestionario Ceal-SM puede ser una herramienta idónea para hacer ese levantamiento, el problema es que solo es obligatorio para las empresas de más de diez trabajadores.
Respecto a su aplicación en el sector privado, ha habido una implementación progresiva. Pasamos de 700 mil trabajadores en 2023 a un millón en 2024. Por su parte, en el sector público en 2024 tuvimos un piloto con diez servicios públicos, y este año pasó a ser un PMG obligatorio en 171 instituciones que lo están implementado en el gobierno central.
-¿Y a nivel de municipios?
-Muchas veces el ámbito municipal se queda más atrás. Pero podemos -al igual que con los protocolos- abordarlo a través de los organismos administradores, si nos informan qué municipalidad no lo ha aplicado.
