Un gran logro en cuanto a resguardar el erario nacional y, por ende, los recursos para la atención primaria, implicó la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) respecto a algunas de las iniciativas contenidas en la Megarreforma propiciada por el Gobierno, sobre todo en aquella vinculada al pago a todo evento a inversionistas cuyos proyectos ambientales fueran rechazados.

CONFUSAM fue la única institución de la salud primaria que participó de las audiencias públicas convocadas a raíz de las impugnaciones de parlamentarios de oposición a la nueva Ley; el vicepresidente Cristian Rodríguez fue el encargado de exponer los argumentos el 12 de agosto pasado.  En ese sentido, el abogado de nuestra organización, Patricio Alvarez-Salamanca resalta que se concurrió al TC porque se identificaron dos problemas en la Megarreforma que podían incidir en el financiamiento de la salud primaria.

El primero se relaciona con la indemnización por anulación judicial de una autorización medioambiental previamente otorgada y, el segundo, decía relación con la invariabilidad tributaria y sus posibles efectos sobre la capacidad futura del Estado para obtener mayores ingresos, especialmente en el ámbito minero.

Precisa que, la intervención abordó dos materias: “las obligaciones fiscales que podía generar el mecanismo indemnizatorio y la restricción que la invariabilidad tributaria podía imponer frente a futuros cambios destinados a fortalecer la recaudación”.

Invariabilidad tributaria

Respecto de la invariabilidad tributaria, indica el profesional que el TC mantuvo el régimen, aunque declaró inconstitucionales disposiciones específicas que ampliaban su alcance o entregaban facultades a la Administración para extender determinados beneficios.

Sobre el Fondo Común Municipal y los recursos asociados al royalty minero, CONFUSAM advierte que cualquier efecto sobre el financiamiento de la atención primaria, requiere examinar los mecanismos de aporte y distribución correspondientes. Por ello, plantea esta materia como una preocupación por la capacidad futura de financiamiento.

Patricio Álvarez-Salamanca concluye que “las mayorías parlamentarias tienen la legitimidad para impulsar sus programas, pero deben hacerlo dentro de los límites de la Constitución y el Tribunal Constitucional ejerce un control jurídico sobre esos límites. Nuestra participación buscó aportar argumentos desde la atención primaria y la defensa de los recursos necesarios para cumplir su función social”.