Desde marzo de 2020 insistimos en la imperiosa necesidad de tener la más básica y elemental medida de protección en tiempo de pandemia: un “Post Natal de Emergencia” que permitiera extender el permiso para el cuidado de lactantes, a efectos de resguardar a los seres humanos más pequeñitos. Sólo a fines de julio 2020 el gobierno promulgó la ley 21.247 de “Crianza Protegida”, con la que se alcanzó una Licencia Médica Preventiva Parental que extiende el
permiso post natal por 30 días, renovable dos veces, es decir un total de 90 días de cobertura.
Con este magro beneficio, parlamentarias de todos los sectores políticos han logrado dar avance a una iniciativa legal para reformar la ley 21.247 que permitiría renovar por un máximo de cuatro veces la Licencia Médica Preventiva Parental, llegando a un total de 150 días de cobertura.
Además, el proyecto elimina la condicionante del estado de excepción constitucional para acceder al beneficio, reemplazándolo por el de alerta sanitaria decretada por el Ministerio de Salud e indica que las licencias deberán otorgarse por jornada completa y, si la o el trabajador estuviese haciendo uso de otra licencia médica, deberá esperar al término de aquella. También, en artículo transitorio, se establece que quienes ya hubiesen hecho uso de la licencia por el máximo de renovaciones que se permitían, tendrán ahora derecho a usar las dos renovaciones adicionales.
Con el titular de aumentar 30 días, para llegar a 180 días de cobertura, el ejecutivo impone una indicación sustitutiva que, no solo retarda más esta urgente medida de protección, sino que traspasa su financiamiento al seguro de cesantía limitando el pago de la Licencia a solo el 70% de la remuneración y además excluye a las trabajadoras independientes y a las funcionarias públicas, lo que constituye una discriminación inaceptable.
La evidencia señala que tendremos pandemia para varios meses más y que es, además, un hecho que la inmensa mayoría de quienes trabajan en salud son mujeres, principales responsables en
el actual contexto social, de las labores reproductivas y de cuidado que sostiene toda la vida en sociedad, siendo éste un argumento de fondo y sustantivo para que las autoridades a la mayor brevedad provisionen políticas públicas de protección universal en los términos señalados.
12 de mayo 2021.
DIRECTORIO NACIONAL